Creo un perfil falso de Facebook y contactó una menor para pedirle contenido sexual y obligarla a tener relacionesJovencita tapado la cara con la mano.

Fue condenado por coaccionar y intimidar a una joven de 13 años a través de un perfil falso en Facebook para conseguir material sexual.

El Tribunal Penal de Chimborazo dictó una sentencia de tres años de cárcel contra Wilson Jesús Y. A. , al considerarlo culpable de interactuar con menores de 18 años con propósito sexual utilizando medios electrónicos. Asimismo, se le impuso una multa equivalente a diez salarios básicos unificados y deberá compensar a la víctima con una suma total de 2. 000 dólares.

De acuerdo con el estudio realizado por la Fiscalía de la Unidad de Violencia de Género 1, los acontecimientos iniciaron en septiembre de 2024, cuando Wilson Jesús Y. A. estableció un perfil engañoso en Facebook con el propósito de comunicarse con una joven de 13 años. Luego de conseguir su confianza, el individuo que ahora ha sido condenado empleó tácticas de manipulación y coerción para solicitarle el envío de imágenes y videos de carácter sexual.

Posteriormente, el autor de los hechos sugirió tener relaciones sexuales con la menor a cambio de no compartir el material en redes sociales ni en páginas para adultos. El 18 de octubre de 2024, citó a la víctima en las cercanías del Terminal Terrestre de Riobamba utilizando la aplicación Messenger.

Gracias a la acción de los padres de la menor, quienes se dieron cuenta de las conversaciones, la Policía Nacional se presentó en el lugar. El agresor arribó en un vehículo reciclador y le pidió a la joven que se subiera. Tras recorrer algunas calles, intentó huir al percatarse de la presencia policial, pero fue detenido.

En la sesión del juicio, el Ministerio Público sometió a consideración informes de análisis digital, grabaciones de sonido e imágenes, declaraciones de la víctima y su madre, así como de los policías que la detuvieron, además de evaluaciones psicológicas y del contexto social.

El caso se llevó a cabo conforme al artículo 173, segundo inciso, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que castiga el acercamiento sexual a menores a través de medios electrónicos con penas que oscilan entre tres y cinco años de cárcel. La Fiscalía reafirmó su dedicación a salvaguardar a niños, niñas y adolescentes de cualquier tipo de abuso sexual en el ámbito digital.

FUENTE: METROECUADOR