Contraloría General del Estado pide nueva declaración patrimonial a funcionarios de alto rangoUna persona llenando el formulario de la Declaración Patrimonial.

La declaración de bienes es relevante para Individuos con Cargos Públicos.

Alcaldes, asambleístas, prefectos, jueces, capitanes de la Armada, tenientes coroneles de la Policía Nacional y otros funcionarios públicos catalogados como Personas Expuestas Políticamente (PEP) tendrán que entregar una nueva declaración de bienes jurada antes del 31 de agosto de 2025.

La Contraloría General del Estado (CGE) hizo público este miércoles 30 de julio el listado actualizado de aquellos que deben cumplir con este proceso. Esta medida se fundamenta en una reciente modificación de la Ley de Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.

¿Quiénes deben presentar la declaración?

  • Todos los funcionarios elegidos mediante votación popular.
  • Funcionarios que se encuentran en los niveles 5 a 10 de la escala unificada de salarios mensuales del nivel jerárquico alto y sus equivalencias.
  • Subgerentes de Área.
  • Directores, gerentes, subgerentes, asesores y coordinadores de empresas públicas estatales.
  • Integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional desde el rango de Teniente Coronel y, en la Armada, desde Capitán de Fragata.
  • Autoridades y funcionarios de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD): alcaldes, vicealcaldes, concejales, administradores, comisarios, directores, gerentes, subgerentes, asesores y coordinadores, así como de sus empresas públicas.
  • Asambleístas principales y suplentes, junto con directores de libre nombramiento y destitución de la Asamblea Nacional.
  • Gobernadores e intendentes.
  • Prefectos, viceprefectos, consejeros y directores de prefecturas.
  • Diplomáticos, embajadores y cónsules que representan a Ecuador en el extranjero o que representan a otros países en Ecuador.
  • Magistrados, jueces, conjueces, fiscales, así como las autoridades y el personal del Consejo de la Judicatura en los niveles nacional y provincial.
  • Gerentes y directores de hospitales, centros o unidades de salud. Directores del Ministerio de Educación.

¿Qué debe incluir la nueva declaración?

Además de los datos básicos sobre patrimonio, los empleados deberán especificar:

  • Cargos o ocupaciones cumplidas fuera del ámbito gubernamental, sean estas pagadas o no, dentro o fuera de la nación.
  • Fuentes de ingresos extra al cargo público, detallando la clase, procedencia y monto del ingreso.
  • El pago que se les otorgará por el puesto público que ocupan actualmente.
  • Involucramiento en empresas, fideicomisos, acuerdos legales y bienes de los cuales sean los beneficiarios finales el declarante, su pareja o sus hijos menores de edad, ya sea en el país o en el extranjero.
  • Derechos de representación que les hayan sido otorgados o que hayan adquirido.

Conforme a la normativa, esta declaración tiene que entregarse al comienzo y al cierre del período de servicio, así como cada bienio.

Además, los integrantes de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, la Unidad de Vigilancia Aduanera, la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), y las policías metropolitanas y locales necesitarán hacer una declaración de bienes adicional antes de recibir ascensos y al momento de su jubilación.

FUENTE: ECUAVISA