Existen 21 áreas en el país donde se limita el movimiento entre las 22:00 y las 05:00.
En 21 regiones del país 20 cantones y una parroquia rural permanece en efecto un toque de queda por la noche, de acuerdo con el más reciente decreto presidencial emitido en el contexto del estado de excepción.
El presidente, Daniel Noboa, extendió el estado de excepción por 30 días más el 10 de junio, como respuesta a la grave crisis interna causada por el aumento de la violencia y la inseguridad en siete provincias del país y en el Distrito Metropolitano de Quito. Dentro de esta medida, se conserva la limitación de movilidad de 22:00 a 05:00 en áreas específicas.
Los lugares donde se aplica el toque de queda son los siguientes:
En Guayas: Durán, Balao y la parroquia Tenguel (de Guayaquil)
En Orellana: La Joya de los Sachas, Loreto y Francisco de Orellana
En Sucumbíos: Shushufindi y Lago Agrio
En Los Ríos: los 13 cantones que componen la provincia
En Ecuador, quienes no respeten el toque de queda serán penalizados de acuerdo con el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta normativa establece penas de hasta tres años de prisión por no cumplir con decisiones legítimas de las autoridades.
En el decreto emitido el 10 de junio, Noboa señala que la Ley de Seguridad Pública y del Estado considera el estado de excepción como una reacción a serias amenazas, ya sean naturales o creadas por el ser humano, que ponen en peligro la seguridad pública y del Estado, y aclara que se trata de un marco legal que impide abusos bajo el pretexto de su implementación.

Presidente de Ecuador, Daniel Noboa, durante un acto en Guayaquil.
El 5 de marzo, la Corte Constitucional (CC) solicitó la formación de una comisión, a la que el Ejecutivo aún no ha respondido, integrada por varias entidades gubernamentales, con el objetivo de evitar la prolongación del estado de emergencia impuesto contra el crimen organizado, una medida que Noboa ha mantenido por más de un año en diversas regiones.
El tribunal destacó la urgencia de hallar una solución para combatir a las organizaciones criminales dentro del marco legal regular, sin necesidad de recurrir al estado de emergencia.
Ecuador, que está enfrentando una grave crisis de seguridad, se encuentra bajo la declaración realizada por Noboa el 9 de enero de 2024, sobre conflicto armado interno contra el crimen organizado, relacionado con el narcotráfico.
En esa ocasión, Noboa clasificó a las organizaciones criminales como grupos terroristas y actores beligerantes no estatales, con el fin de que las fuerzas del orden puedan neutralizarlas.
La CC había reiterado en varias ocasiones que la declaración de conflicto armado interno presentada por Noboa no justificaba por sí sola la implementación del estado de excepción contra el crimen organizado, y que debía basarse en hechos verificables.
Por esta razón, el tribunal superior de garantías en Ecuador declaró que algunos estados de emergencia eran inconstitucionales y otros los modificó, dado que, en muchos casos, conllevaban la suspensión de derechos esenciales como la inviolabilidad del hogar, la privacidad de la correspondencia, la libertad de reunión y, en ciertas ocasiones, la libertad de movimiento con toques de queda nocturnos.
A pesar de los estados de emergencia, la violencia persiste en el país y este martes, en un lapso de menos de una hora, fueron asesinadas siete personas (cinco de ellas en las afueras de un mercado) en la provincia de Guayas, una de las zonas más afectadas por la violencia en el país.
FUENTE: ECUAVISA