Asamblea Nacional aprobó nueva Ley del Deporte: cambios, prohibiciones y lo que debes saberImagen referencial de una previa de un partido del campeonato ecuatoriano 2025. • / Foto: API.

Uleam Radio.- La Asamblea Nacional aprobó, este 19 de diciembre del 2025, la nueva Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, con 84 votos a favor y 60 en contra, lo que marca una de las reformas más profundas al sistema deportivo ecuatoriano en más de una década.

La normativa introduce nuevos modelos de gestión, control sobre las apuestas deportivas, limitaciones estrictas a la reelección de dirigentes, y regula de forma más clara el funcionamiento de las organizaciones deportivas, incluidas las federaciones.


Estos son algunos de los puntos más importantes:

Se permiten las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD)
Por primera vez en Ecuador, los clubes podrán convertirse en empresas privadas, un modelo usado en ligas como España, Inglaterra o Brasil.


Esto abre la puerta a inversiones estructuradas, manejo empresarial y participación accionaria.

Procesos electorales estrictos
El Artículo 84 redefine cómo se eligen las directivas:

Las elecciones deben hacerse únicamente en asambleas generales.
Se deben respetar equidad de género, principios democráticos y normas de elegibilidad.
Los dirigentes deportivos solo podrán ser elegidos para periodos de 2 a 4 años.
Prohibido prorrogar funciones o alargar mandatos.
Los directivos podrán reelegirse una sola vez de forma inmediata.
Para volver a postularse a un cargo por tercera ocasión, deberá transcurrir al menos un periodo completo fuera del directorio.
Disposición Transitoria Décima Segunda
La nueva ley no reinicia los periodos de los dirigentes actuales.

Esto significa que los límites de reelección se mantienen, y no habilita nuevas candidaturas a quienes ya cumplieron los periodos permitidos.

En la práctica, esto confirma que Francisco Egas ya no podrá ser nuevamente candidato a la presidencia de la FEF, pues ya cumplió los periodos máximos vigentes al momento de su primera elección.


El fútbol profesional sigue bajo control de la FEF
El Artículo 133 especifica que:

El fútbol profesional será organizado exclusivamente por la Federación Ecuatoriana de Fútbol.
La FEF deberá regirse por esta ley, sus estatutos aprobados y las normas FIFA y Conmebol.
Esto blinda la autonomía del fútbol frente a posibles intervenciones externas.

Se aprobó la ley del Deporte en la @AsambleaEcuador ⬇️ https://t.co/z1kOprzA1L pic.twitter.com/DtBDQbxyd1

— Edu Andino (@eduandinoe) December 20, 2025
Regulación total de los pronósticos deportivos (apuestas)
El Capítulo Tercero incorpora por primera vez una regulación profunda a las apuestas deportivas en Ecuador.


¿Quiénes pueden operar apuestas?
Solo personas naturales o jurídicas residentes en Ecuador, bajo autorización del ente rector del deporte.

Reglas para garantizar transparencia
No se permitirán pronósticos anónimos.
Todos los jugadores deben estar identificados y verificados.

Los operadores deben asegurar trazabilidad total de las operaciones (apuestas, recargas, cobros, premios).
Plataformas deben estar conectadas y registradas en el sistema oficial.
Prohibiciones (Artículo 219)
Queda totalmente prohibido que participen en apuestas relacionadas con el deporte en el que actúan:

Dirigentes deportivos
Jugadores
Entrenadores

Organizaciones deportivas

También se prohíbe que los dirigentes tengan participación financiera o accionaria en casas de pronósticos, incluso para familiares hasta cuarto grado de consanguinidad.

El incumplimiento conllevará sanciones administrativas, penales y suspensión o inhabilitación de IPs.

Protección a los usuarios (Artículo 220)
Las plataformas deberán implementar sistemas de:

Prevención de ludopatía
Protección de menores
Protección de datos
Transparencia y trazabilidad
Prevención de delitos financieros
¿Qué cambia para las federaciones ecuatorianas?
Las federaciones que promueven deporte aficionado y profesional deberán:

Elegir sus directorios en asambleas generales.
Cumplir los periodos establecidos (2 a 4 años).
Respetar los límites de reelección.
Ajustarse a los estatutos aprobados.

Fuente: El Comercio